Entra en vigor NOM 035; patrones deberán identificar factores de riesgo psicosocial
Entra en vigor NOM 035; patrones deberán identificar factores de riesgo psicosocial

La Norma Oficial Mexicana 035, de los Factores de riesgo psicosocial en el trabajo e identificación, análisis y prevención, entra en vigor este viernes, por lo que empresas de Quintana Roo y de todo el país tendrán que aplicarla.

Esta norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018, pero su aplicación se había aplazado, hasta este viernes.
Por tanto, a partir de ahora, los patrones tendrán que apegarse a esta norma en la entidad y en todo el país.

El objetivo de esta norma es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

La norma entra en vigencia en un contexto de crisis sanitaria y económica generada por la pandemia del coronavirus.

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Entra en vigor NOM 035; patrones deberán identificar factores de riesgo psicosocial

Gerardo Téllez Trejo, director general de Asesores en Productividad y Desarrollo Humano (Aprodesah), mencionó a la reportera Stephani Blanco, que la norma se encuentra en su segunda etapa, de aplicación, luego de que se aplazara por dos años.

“La NOM-035 quedó publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en 2018, luego de que la Organización Mundial del Trabajo, y de Salud propusiera esta norma, en el que se consideran los riesgos laborales psicosociales, y que luego de la implementación en México fue conocida como la ley antiestres”, dijo a la reportera.

De tal suerte que a partir de ahora, el patrón está obligado a establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la prevención de la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.

Por su parte, el trabajador deberá observar las medidas de prevención y, en su caso, de control que dispone la Norma, así como las que establezca el patrón para: controlar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.

Asimismo, deberá abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral y participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.

Con información de Sipse