CANCÚN.- El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente, es para todas las personas sin restricciones. Nadie debe quedar excluido de este recurso natural y debe ser tratado como un bien social y cultural. En este sentido, algunos se preguntan porqué deben pagar por ella si esta se encuentra en la naturaleza, además de estar consagrada dentro de la Constitución.

De acuerdo con la gestión jurídica en México, con fundamento en el artículo 4º de la Constitución Política, “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

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Tanto la ONU como la Unión Europea establecen que el servicio de agua y saneamiento debe ser sostenible económicamente, siendo por tanto necesario que sus costos de extracción, potabilización, distribución y saneamiento sean cubiertos en su totalidad por los usuarios; garantizando así la preservación del recurso en el presente y futuro.

Ante este escenario, en muchas ocasiones los organismos operadores municipales se ven rebasados en capacidad y recursos económicos para cubrir las necesidades de la población; es en este punto donde las asociaciones público privadas (APP) han sido un gran auxiliar para brindar el capital suficiente que asegure las inversiones necesarias y permitan garantizar el derecho al agua; y a la vez sean un vehículo para atraer financiamientos sin generar deuda pública.

En Quintana Roo, de acuerdo con el artículo 9º de la Ley de Cuotas y Tarifas para los Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado, Tratamiento Y Disposición de Aguas Residuales del Estado, las tarifas y cuotas “deberán ser suficientes para cubrir los costos derivados de la operación, el mantenimiento y la administración de los servicios; la rehabilitación, conservación y el mejoramiento de la infraestructura existente; las inversiones necesarias para la expansión de la infraestructura; la amortización de las inversiones realizadas y los gastos financieros de los pasivos”.

Por disposición del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) determina las tarifas que los ciudadanos pagan por los servicios mencionados.

En la zona norte del estado, donde el organismo operador es la empresa Aguakan, ésta recibe cada mes la información tarifaria proveniente de la CAPA y hace lo propio para enviar a los clientes los respectivos recibos por el consumo.

Aguakan, como asociación público-privada en el giro del agua y saneamiento en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Isla Mujeres y Solidaridad, cuenta con esquemas de inversión focalizados y auditados en infraestructura de dichos servicios; además de cumplir con los reglamentos estatales para el cuidado del medioambiente, y la concienciación a la comunidad para el cuidado del agua, garantizando de esta manera el derecho humano a esta en México.

Año con año Aguakan trabaja en la incorporación de nuevas técnicas y tecnologías que permitan mantener la cobertura del 100% y enfrentar diversos desafíos, desde el crecimiento acelerado de la población hasta el embate de huracanes y pandemias (Gripe AH1N1 ÔÇô Covid 19). Así mismo labora en conjunto con las autoridades en el reto de abastecer y dotar a los municipios en servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, aportando experiencia y conocimiento en la materia.

Con información de redacción