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Revocan obligación de paridad de género en candidaturas. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio marcha atrás a la resolución del Instituto Nacional Electoral que ordenaba a los partidos políticos la paridad de género con la postulación de siete candidatas para competir por las 15 gubernaturas en 2021; pero, los exhortó para que respeten este principio.

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De acuerdo con el TEPJF, el INE se excedió en sus facultades, al violar el principio de reserva de ley.

En sesión pública en videoconferencia, los magistrados afirmaron que el hecho de que aún no existan directrices para la postulación paritaria en gubernaturas, no habilita a las autoridades electorales a imponer obligaciones, pues se trata de una cuestión que constitucionalmente, compete a los Congresos Estatales y al Congreso de la Unión.

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Por ello, determinó que le corresponde a estos órganos legislativos que legislen y garanticen la paridad de género en los procesos electorales posteriores.

Revocan obligación de paridad de género en candidaturas; levantan medidas impuestas a AMLO

La Sala Superior revocó las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, según las cuales ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de emitir declaraciones de índole electoral, usar los espacios de comunicación oficial, o aprovechar su cargo para favorecer a determinados partidos.

La mayoría de magistrados estimó que las expresiones no ameritan ser objeto de tutela preventiva por la vía cautelar, pues se trata de actos futuros de realización incierta.

Ello luego de que durante una gira por Baja California y en la conferencia del 30 de noviembre, el Presidente hizo declaraciones que, según diputados federales del PRD y el PAN, invitaban a reflexionar el voto en favor de Morena.

Con información de 24 HORAS MÉXICO.